Así lo indica la Resolución 13901/25. La misma, se ajusta a lo dispuesto por la medida cautelar, emitida el 17 del actual por la Justicia Federal de Catamarca -ante un cúmulo de amparos colectivos presentados por las Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero -a cargo del Dr. Daniel Escobar Correa-, Catamarca, Misiones, La Plata, San Juan, Formosa, Tucumán y Misiones-, que ordena al organismo “restablezca la totalidad de las pensiones suspendidas y/o retenidas a los titulares de las mismas, pague el importe de los haberes de pensión retenidos a la fecha, en todo el territorio nacional; y, de igual modo, hasta tanto no recaiga sentencia definitiva, se abstenga de continuar las auditorías con base en la normativa cuestionada (dec.843/2024) y de disponer nuevas suspensiones de pensiones no contributivas por incapacidad laboral (…)”.

En efecto, la Agencia Nacional de Discapacidad, por Resolución 13901/25, publicada en la fecha en el Boletín Oficial, resolvió: ARTÍCULO 1°.- Restablécese el pago de las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral, suspendidas por los actos administrativos dictados oportunamente, respecto de las personas identificadas en el Anexo I (IF-2025-117938159-APNDAAEYL#AND), que forma parte de la presente, en cumplimiento de la medida cautelar dictada en el marco de la causa “DEFENSOR DEL PUEBLO Y OTROS c/ ANDIS s/ACCION DE AMPARO LEY 16986 C/CAUTELAR”, Expediente Nro. FTU 013578/2025″.
Asimismo, dispone por su Artículo 2°.- El pago de las prestaciones precedentemente ordenado, será efectuado de acuerdo al cronograma de pagos vigente establecido por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS)”. Indica en su Artículo 3°: La Coordinación de Estudios de Asuntos Contenciosos, dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Agencia Nacional de Discapacidad, deberá comunicar a la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas toda modificación, hecho nuevo o circunstancia relevante que incida en la situación de la prestación dispuesta en la presente Resolución”.
La medida, tiene alcance nacional, garantiza el pago de los haberes retenidos y suspende nuevas auditorías o bajas.
Esta decisión devuelve tranquilidad y derechos a miles de familias argentinas que dependen de esta prestación como sustento. Un paso más en la defensa de la justicia social y la inclusión.
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