2) Se deberá limitar la concurrencia en salas de sepelio u otros lugares, solo al grupo reducido de deudos.
3) Los bares, restaurantes y cualquier otro tipo de establecimiento gastronómico, solo podrán funcionar al 50 % de su capacidad.
4) Los casamientos, bautismos, cumpleaños y cualquier otro tipo de evento social, no podrán congregar a más de 25 personas, y en un domicilio particular (es decir todas esas celebraciones deben ser realizadas en la intimidad familiar únicamente)
5) Se prohíben, desfiles, carreras cuadreras y todos aquellos eventos deportivos o culturales que congreguen gente; también las ceremonias religiosas, ya sea en templos o celebraciones tradicionales de cualquier tipo.
6) Cualquier Convocatoria a concentraciones o movilizaciones públicas de cualquier índole significará incurrir en el art 205 y concordantes del código penal.
7)Se controlará al comercio, especialmente el de alimentos , exigiéndose extremas medidas de higiene y distancia entre personas.